La baja por accidente de vuelta a casa en patinete sí puede ser laboral

24/7/2025

Aunque conducía un patinete por una vía interurbana —donde está prohibido—, el tribunal ha declarado el accidente como laboral. Lo importante, en estos casos, es valorar el conjunto de circunstancias.

Una reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León de 8 de mayo de 2005, ha resuelto un caso particularmente relevante para trabajadores, mutuas y empresas: se ha considerado accidente laboral in itinere la caída de un trabajador que, tras salir de su puesto, se fracturó tibia y peroné mientras circulaba con un patinete eléctrico por una vía interurbana prohibida para ese tipo de vehículo.

El caso fue llevado a los tribunales por la mutua, que reclamaba que se calificara como enfermedad común, alegando que el trabajador incurrió en imprudencia temeraria al circular con un medio prohibido. Sin embargo, el tribunal ha desestimado esa pretensión.

¿Qué se entiende por accidente "in itinere"?

Para que un siniestro sea considerado laboral in itinere, la jurisprudencia exige varios requisitos:  

  • Que ocurra en el trayecto habitual entre el domicilio y el trabajo
  • Que no se rompa el nexo causal con el trabajo
  • Que se utilice un medio de transporte adecuado y habitual
  • Que no medie una conducta de imprudencia grave o temeraria Y aquí es donde reside la clave del caso.
¿Fue temerario usar un patinete eléctrico en una carretera interurbana?

El artículo 38.4 del Reglamento General de Circulación prohíbe expresamente que los vehículos de movilidad personal -como los patinetes eléctricos- circulen por vías interurbanas.

Eso no está en discusión. Pero el tribunal ha sido claro: El hecho de circular por una vía no autorizada no constituye, por sí solo, una imprudencia temeraria.

No se probó que el trabajador realizara un trayecto inusual, ni que la vía por la que circulaba fuera especialmente peligrosa o que sus condiciones contribuyeran de forma directa o indirecta al accidente. El único hecho reprochable fue usar el patinete donde no debía, pero esa infracción no rompió por sí sola el vínculo laboral del accidente.

¿Qué es la imprudencia temeraria según la jurisprudencia?

El tribunal recuerda que se considera temeraria aquella conducta que evidencia un desprecio consciente y grave del riesgo, que va más allá de lo que sería razonable esperar de una persona media.

No toda infracción de tráfico se eleva a ese nivel. En este caso, no hubo desprecio manifiesto por la seguridad, sino una infracción reglamentaria sin conexión directa con la caída.

Tenga en cuenta que esta sentencia...
  • Reafirma que el análisis debe ser individualizado: no basta con constatar una infracción normativa.  
  • Protege al trabajador frente a exclusiones automáticas en supuestos dudosos.
  • Invita a empresas y asesorías a prestar atención a los trayectos, horarios y medios de transporte usados por sus plantillas, especialmente cuando se utilizan vehículos como patinetes eléctricos, cada vez más comunes.

Pueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o aclaración que puedan tener al respecto.

Documentos relacionados

Enlaces relacionados

Boletín PDF